A- Formación:
Aclaración: Las personas que se postulen al amparo del art. 12 de la ley N° 19.684, Ley Integral para personas Trans, deberán presentar documentación que acredite haber realizado o iniciado el proceso de adecuación de nombre o sexo en documentos de identidad identificatorios, o haber solicitado la Tarjeta Uruguay Social Trans. (Art. 19, Decreto N° 104/019 de 29 de abril de 2019).